Todavía puedes reclamar en 2025 aunque haya pasado tiempo

Reclamación de cláusula suelo: recupera el dinero que el banco te debe

Qué es la cláusula suelo

La cláusula suelo es una condición que muchos bancos incluyeron en hipotecas a tipo variable para establecer un tipo de interés mínimo a pagar, con independencia de las bajadas del Euríbor. Esto significaba que aunque el Euríbor bajara mucho — como ocurrió a partir de 2013 — el cliente seguía pagando como si el interés fuera el del ‘suelo’ fijado en el contrato, generalmente entre el 2,5% y el 4%.

En 2013, el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas suelo por falta de transparencia, y en 2017 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó que los bancos debían devolver todas las cantidades cobradas de más, con efecto retroactivo total. A pesar de ello, muchos afectados no han reclamado todavía, y algunos no saben si su hipoteca incluía esta cláusula.

Inicia tu reclamación






    Tus datos están protegidos y se usan exclusivamente para responder a tu consulta. No los cedemos a terceros.

    Cómo reclamamos la cláusula suelo

    Revisión de la escritura hipotecaria

    Analizamos tu escritura para confirmar la presencia de la cláusula suelo y calculamos con precisión el importe total que puedes reclamar, incluyendo los intereses legales devengados.

    Reclamación extrajudicial al banco

    Presentamos la reclamación extrajudicial obligatoria ante la entidad bancaria. Este trámite es un requisito previo legal antes de poder acudir a los tribunales.

    Demanda judicial si el banco no accede

    Si el banco no responde favorablemente en el plazo legal, presentamos demanda judicial. El procedimiento queda en manos del juzgado, que valorará la nulidad de la cláusula.

    Devolución del total más intereses y costas

    En la mayoría de los casos los bancos son condenados a devolver el importe total reclamado, más los intereses generados y las costas del procedimiento.

    ¿Todavía se puede reclamar la cláusula suelo en 2025?

    Sí. Aunque hayan pasado años desde que se aplicó la cláusula o aunque la hipoteca ya esté cancelada, el derecho a reclamar no ha prescrito para la mayoría de afectados. Los tribunales aplican el plazo de prescripción a contar desde que el consumidor tuvo conocimiento del perjuicio, no desde que se firmó el contrato.

    Desde abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 establece un nuevo procedimiento: antes de acudir a los tribunales es obligatorio presentar una reclamación extrajudicial previa al banco. Si el banco no responde o lo hace de forma desfavorable, el caso puede llevarse a la vía judicial con plenas garantías. Nuestro equipo gestiona todo este proceso.

    Preguntas frecuentes

    La cláusula suelo es una condición incluida en hipotecas a tipo variable que establece un tipo de interés mínimo a pagar aunque el Euríbor baje por debajo de ese límite. Fue declarada nula por abusiva por el Tribunal Supremo en 2013 y los bancos están obligados a devolver todo lo cobrado de más desde la primera cuota en la que se aplicó.

    Revisa tu escritura de hipoteca y busca expresiones como 'tipo de interés mínimo', 'límite inferior del tipo de interés' o cualquier porcentaje mínimo aplicable al tipo variable. También puedes comprobarlo si en los años de Euríbor bajo (entre 2014 y 2021 el Euríbor estuvo muy por debajo del 1%) tu cuota no bajó de forma proporcional. Si tienes dudas, te revisamos la escritura.

    Sí. A partir de abril de 2025 el procedimiento cambió con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025: ahora es obligatorio realizar una reclamación extrajudicial previa al banco antes de poder acudir a los tribunales. Si el banco rechaza la reclamación o no responde en plazo, el caso puede llevarse a juicio. En Defensa Hipotecaria gestionamos todo el proceso.

    Sí. La cancelación de la hipoteca no extingue el derecho a reclamar lo cobrado indebidamente. El plazo de prescripción empieza a contar desde que tuviste conocimiento del perjuicio, y los tribunales aplican este criterio favorablemente al consumidor. Es posible reclamar incluso si la hipoteca se canceló hace varios años.

    Depende del capital de la hipoteca y de los años durante los que se aplicó la cláusula. De media los afectados están recuperando entre 6.000 y 20.000 euros, a los que se suman los intereses legales desde que se pagó cada cuota. Para calcular el importe exacto de tu caso necesitamos revisar tu escritura, lo que hacemos sin compromiso.

    Si tras la reclamación extrajudicial previa obligatoria el banco la rechaza o no responde en el plazo legal, el siguiente paso es la vía judicial. Los bancos condenados por cláusula suelo deben devolver el total reclamado más los intereses legales y las costas del procedimiento. La tasa de éxito en vía judicial en este tipo de reclamaciones es muy alta.

    En Defensa Hipotecaria te informamos del coste del servicio antes de iniciar cualquier gestión, sin sorpresas ni costes ocultos. En procedimientos judiciales por cláusula suelo, si se obtiene sentencia favorable el banco suele ser condenado también en costas, lo que puede cubrir total o parcialmente los honorarios de abogado.

    Cuánto puedes recuperar

    El importe depende del capital de tu hipoteca, del tipo de suelo que se aplicaba y del tiempo durante el que estuvo vigente la cláusula. Los importes que los afectados están recuperando oscilan entre los 6.000 y los 20.000 euros de media, a los que se añaden los intereses legales generados desde que se pagó cada cuota. En hipotecas de mayor importe o con muchos años de aplicación, la cantidad puede ser notablemente superior.

    Para calcular exactamente lo que puedes recuperar en tu caso, necesitamos revisar tu escritura hipotecaria. Te lo calculamos sin compromiso.

    +2.000 clientes activos este mes